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Custodia de mascotas tras el divorcio: ¿dónde van nuestros animales de compañía?

Custodia de mascotas tras el divorcio: ¿dónde van nuestros animales de compañía?

Cuando una pareja se divorcia surge una pregunta que hasta hace poco la ley apenas contemplaba: ¿qué pasa con la mascota familiar? Perros, gatos y otros animales de compañía suelen ser miembros queridos de la familia. Decidir con quién se quedará el animal puede ser tan emotivo como resolver la custodia de los hijos. Afortunadamente, la legislación española ha avanzado recientemente para reconocer a las mascotas como seres con sentimientos y no simples bienes, ofreciendo un marco legal para la custodia de mascotas en caso de divorcio.

Cambio legal: Desde 2022, una reforma del Código Civil (Ley 17/2021) declara a los animales de compañía como seres sintientes. En un divorcio, las mascotas ya no se tratan como objetos a repartir, sino que se tiene en cuenta su bienestar. Los jueces pueden determinar el destino de la mascota atendiendo al interés del animal y de la familia. Por ejemplo, pueden otorgar la custodia del animal a uno de los cónyuges (el que se haya encargado más de sus cuidados o quien tenga mejores medios para atenderlo), o incluso establecer un régimen de custodia compartida o visitas para que ambos sigan conviviendo con su mascota de forma alterna.

Acuerdos amistosos: Lo ideal es lograr un acuerdo amistoso sobre la mascota e incluirlo en el convenio regulador. Por ejemplo, pactar que el perro viva con uno pero visite al otro fines de semana alternos, o que ambos compartan los gastos veterinarios. Estos acuerdos respetan el lazo afectivo de ambos dueños con el animal y, presentados al juez, se aprueban sin problema (salvo que alguna cláusula perjudique seriamente al animal, algo poco probable si ambos lo quieren).

Criterios del juez si no hay acuerdo: Si los ex cónyuges no se ponen de acuerdo y ambos quieren quedarse con la mascota, será un juez quien decida. Algunos criterios que los tribunales suelen valorar:

  • Bienestar del animal: Es el factor prioritario. ¿Quién puede cubrir mejor sus cuidados diarios (alimentación, ejercicio, atención veterinaria, cariño)? Un entorno más favorable para el animal (por ejemplo, más espacio al aire libre para un perro) puede inclinar la balanza hacia uno u otro hogar.
  • Vínculo con los hijos: Si hay hijos menores muy apegados a la mascota, se procurará que el animal permanezca con ellos para no causarles otra pérdida emocional. En la práctica, esto suele implicar que la mascota se quede con el progenitor custodio de los niños.
  • Responsabilidad previa: ¿Quién se ocupaba principalmente de la mascota durante la relación? Si se demuestra que uno de los dos era quien la alimentaba, sacaba de paseo, llevaba al veterinario, etc., ese historial de cuidado puede pesar a su favor en la decisión.
  • Aspectos económicos y logísticos: El juez podrá establecer cómo se reparten los gastos de mantenimiento del animal (comida, veterinario, etc.) e incluso regular un régimen de visitas o estancias temporales con el otro dueño. Todo quedará por escrito en la sentencia para evitar conflictos.

Si nadie puede quedarse con la mascota: En el caso poco frecuente de que ninguno de los dos pueda o quiera asumir al animal, se debe buscar una solución responsable pensando en el bienestar de este (por ejemplo, que lo acoja un familiar de confianza o encontrarle una nueva adopción). El abandono nunca es opción: además de inhumano, el abandono de animales está penado por la ley.

Conclusión: La custodia de las mascotas tras el divorcio es un tema cada vez más relevante. Nuestras mascotas forman parte de la familia, y así lo reconoce la ley. Lo más aconsejable es tratar este asunto con seriedad y empatía, pensando siempre en el bienestar del animal. Con ayuda de un abogado, podréis incluir acuerdos sobre vuestra mascota en el convenio de divorcio y asegurar que, pese al divorcio, vuestro amigo de cuatro patas siga teniendo una vida feliz y bien cuidada.

Sandra Márquez

Abogada Penalista y de Familia

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