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¿Qué hacer si mi ex no paga la pensión de alimentos acordada?

¿Qué hacer si mi ex no paga la pensión de alimentos acordada?

La pensión de alimentos para los hijos es una obligación legal que el progenitor no custodio debe cumplir tras el divorcio o separación. Sin embargo, es relativamente frecuente que la ex pareja deje de pagar la pensión fijada en el convenio o sentencia, generando tensión económica y poniendo en riesgo el bienestar de los menores. Si te encuentras en esta situación, estos son los pasos a seguir:

  1. Habla con tu ex y verifica los términos: Primero, asegúrate de que ambos tienen claro el importe y la fecha de pago establecidos. A veces ocurren malentendidos (un número de cuenta erróneo, fechas confusas, etc.). Si confirmas que hay impago, intenta comunicación directa con tu ex. Explícale, de forma calmada, que ese dinero es esencial para los niños y pregúntale si existe algún problema puntual. Puede que haya sido un despiste o que atraviese dificultades momentáneas. Deja constancia escrita (por ejemplo un correo electrónico) de tu solicitud de pago, por si más adelante necesitas demostrar que intentaste resolver el asunto amigablemente.
  2. Documenta los impagos: Lleva un registro detallado de los pagos no realizados. Anota qué meses no se abonaron y las cantidades. Guarda extractos bancarios que muestren la falta de ingreso en las fechas debidas. Si hay gastos extraordinarios (médicos, escolares, etc.) que tampoco ha cubierto, reúne también los recibos correspondientes. Toda esta documentación servirá como prueba si debes acudir al juzgado.
  3. Reclamación judicial (ejecución de sentencia): Si el diálogo no funciona, toca acudir a la vía legal. A través de tu abogada Sandra Márquez, puedes enviar un requerimiento formal (p. ej. un burofax) instando el pago inmediato. Si aun así tu ex no paga, se presentará una demanda de ejecución ante el juzgado que dictó la pensión. El juez reclamará oficialmente la deuda y, de persistir el impago, podrá dictar embargos sobre los ingresos y bienes de tu ex: nómina, cuentas bancarias, propiedades, devoluciones de Hacienda, etc. La ley brinda herramientas para garantizar el cobro de las pensiones alimenticias; incluso existe un Fondo de Garantía estatal que en ciertos casos adelanta parte de las cantidades debidas para apoyar a los menores.
  4. Vía penal (delito de impago): El impago continuado de la pensión de alimentos puede constituir el delito de abandono de familia (artículo 227 del Código Penal). Si tu ex deja de pagar dos meses seguidos o cuatro alternos, tienes la opción de interponer una denuncia penal. Este delito está penado con multa e incluso prisión de hasta 1 año, además de la obligación de ponerse al día en los pagos. La vía penal implica consecuencias más severas para el deudor.
  5. Considera las circunstancias y busca asesoría en Sandra Márquez: Si el deudor alega problemas económicos serios (desempleo, enfermedad), podría solicitar al juez una modificación de la pensión. Mientras tanto, la deuda se sigue acumulando: no puede simplemente dejar de pagar sin más. Lo más aconsejable es que consultes con un abogado de familia para evaluar la estrategia adecuada. Un profesional te indicará si conviene insistir por la vía civil, acudir a la vía penal o negociar un ajuste temporal, según las particularidades del caso.

Conclusión: No dejar que los impagos se prolonguen es vital para la estabilidad de tus hijos. Tras agotar las vías amistosas, utiliza los mecanismos legales disponibles para reclamar lo que corresponde. Con la ayuda de un abogado, podrás lograr que tu ex cumpla con la pensión de alimentos, ya sea voluntariamente al ver las consecuencias o por la obligación impuesta por un juez.

Llama para una consulta gratuita

Sandra Márquez

Abogada Penalista y de Familia

COL. ICAV 17924

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