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JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO (PENAL): PERSONA QUE ACUDE DESNUDA A UNA COMISARIA Y SE NIEGA A VESTIRSE.

Sentencia nº 827/2024 de 03/10/24

Hechos:

Luis Manuel fue detenido y condenado por desobediencia tras negarse a vestirse en una comisaría, a pesar de tener ropa en su mochila y de las advertencias de los agentes sobre las consecuencias legales de su conducta. Según Luis Manuel «voy desnudo porque me gusta. Es legal».

Cuestión planteada:

¿Se vulneraron los derechos fundamentales de libertad ideológica o de expresión de Luis Manuel al ser condenado por desobediencia al negarse a vestirse en un lugar público?

Conclusión:

Se considera que la orden impartida por los agentes fue legítima y no se vulneraron sus derechos fundamentales.

Argumentación:

La sentencia se fundamenta en el artículo 556 del Código Penal sobre delito de desobediencia, así como en los artículos 10 y 20 de la Constitución Española, que establecen que los derechos fundamentales no son absolutos y deben respetar los derechos de los demás y el orden público.

Según el artículo 556 del Código Penal Los que se resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año.

Sandra Márquez

Abogada penalista

 

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