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Quiero que le retiren a mi novio la orden de alejamiento que le impusieron mediante sentencia con respecto a mí por un delito de amenazas. ¿Qué hago?

Quiero que le retiren a mi novio la orden de alejamiento que le impusieron mediante sentencia con respecto a mí por un delito de amenazas. ¿Qué hago?

Muchas son las parejas que después de discusiones o situaciones de crisis, que pueden llegar incluso a la comisión de ciertos delitos (agresiones, amenazas, etc), terminan perdonándose o arrepintiéndose, dándose una segunda oportunidad y reanudando así la relación. El problema viene cuando sus conflictos han terminado en los tribunales y a uno de ellos se le ha interpuesto una orden de alejamiento que le obliga a no acercarse a la víctima, en este caso, a su pareja.

Según el artículo 48.2 del Código Penal, es pena privativa de derechos:

La prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, impide al penado acercarse a ellos, en cualquier lugar donde se encuentren, así como acercarse a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro que sea frecuentado por ellos, quedando en suspenso, respecto de los hijos, el régimen de visitas, comunicación y estancia que, en su caso, se hubiere reconocido en sentencia civil hasta el total cumplimiento de esta pena.

El juez o tribunal podrá acordar que el control de estas medidas se realice a través de aquellos medios electrónicos que lo permitan.

¿Qué hacer entonces para conseguir que quede sin efecto una orden de alejamiento?

Para ser sinceros, una vez se ha dictado una sentencia firme mediante la cual se ha impuesto la mencionada pena, la cosa está complicada, y la solución que cabría es la de la SOLICITUD DE INDULTO. Junto con la solicitud de indulto se puede solicitar también que la orden de alejamiento quede en suspensión hasta que el Juez resuelva. Ahora bien, suele ser difícil que éste resuelva de forma favorable concediendo el indulto, de hecho esto ocurre en casos contados.

¿Qué se tomará en consideración para resolver el Indulto?

 Son muchos los factores a analizar, sin ánimo de ser exhaustivos os indico que serán determinantes:

  • El tiempo transcurrido desde la comisión del delito, a mayor tiempo más posibilidad de conseguirlo, pues es palmario que la situación de una persona transcurridos muchos años desde la comisión del hecho, puede haber cambiado considerablemente.
  • El esfuerzo que se haya hecho para reparar el daño causado por el delito. Será por tanto también relevante que el penado hubiese procurado resarcir a la víctima o al perjudicado.
  • La situación familiar y laboral del solicitante, es decir de los perjuicios que pueden ser causados a terceros por el cumplimiento de la pena. Si hay personas (hijos, padres, cónyuge …) que dependan de él (o ella) por ser su único medio de sustento, será un factor positivo.
  • La gravedad del delito, cuanto más graves los hechos menos posibilidades de obtenerlo.
  • Su conducta durante la ejecución de la sentencia, si ha cumplido ya parte de la pena o penas impuestas. Especial interés es el comportamiento positivo en los casos en el que haya empezado a cumplir la pena de prisión, pues incluso el Juez de Vigilancia Penitenciara a propuesta del Centro Penitenciario podría interesar el indulto.
  • El arrepentimiento mostrado, es diferente la actitud de una persona que desde el momento inicial ha reconocido los hechos y pedido perdón a los ofendidos, que la de otra que ha puesto impedimentos a la investigación. Estos hechos serán puestos de manifiesto por el Juzgado sentenciador.
  • Si el indulto perjudica el derecho de terceros.

Éstos son algunos de los factores que se evaluarán, si bien en la solicitud se deberán recalcar todos aquéllos que fueren positivos.

¿Qué pasa entonces si mi novio y yo seguimos viéndonos haciendo caso omiso de la orden de alejamiento?

Mucho cuidado en este punto, dado que se estaría cometiendo un delito de quebrantamiento de condena, y el infractor podría ingresar en prisión dado que sería reincidente.

Según el artículo 468 del Código Penal,

Los que quebrantaren su condena, medida de seguridad, prisión, medida cautelar, conducción o custodia serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos.

Se impondrá en todo caso la pena de prisión de seis meses a un año a los que quebrantaren una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza impuesta en procesos criminales en los que el ofendido sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, así como a aquellos que quebrantaren la medida de libertad vigilada.

Los que inutilicen o perturben el funcionamiento normal de los dispositivos técnicos que hubieran sido dispuestos para controlar el cumplimiento de penas, medidas de seguridad o medidas cautelares, no los lleven consigo u omitan las medidas exigibles para mantener su correcto estado de funcionamiento, serán castigados con una pena de multa de seis a doce meses.

 

Más información en:

Sandra Márquez Abogados – Penal y Familia.

www.sandramarquezabogados.com

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11 Comments

  1. Ana dice:
    26 julio, 2023 a las 6:19 pm

    quisiera quitar una orden de alejamiento… que puse y no la tenía que haber puesto… porque lo hice en caliente… y ahora estoy arrepentida la puse ayer.

    Responder
  2. Maria dice:
    18 agosto, 2023 a las 2:17 pm

    quiero quitar una orden de alejamiento

    Responder
    • Islena dice:
      7 mayo, 2024 a las 10:26 pm

      quisiera quitar una orden de alejamiento a mi esposo ya que no siento que esté en peligro y lo hice sin pensar estoy arrepentida

      Responder
      • Sandra Marquez dice:
        1 septiembre, 2024 a las 5:09 pm

        Buenas, ¿me puede llamar mejor para la consulta? Gracias

        Responder
  3. Luz Estela Gutierrez dice:
    29 octubre, 2023 a las 3:26 pm

    Le han dado a mi esposo una orden de restricción sin yo pedirla la puso el juez he tratado de que me la retiren pero me niegan los recursos.ahora mi marido esta en un centro de rehabilitación y el martes tendremos que ir al juzgado el declarsrs por video conferencia pero su abogada no se ha puesto en contacto con el para prepararlo en su declaración y yo no se si asistir o no solo busco como ayudarle
    si me puedes decir algo gracias

    Responder
  4. María dice:
    11 noviembre, 2023 a las 2:18 pm

    se puede retirar una orden de alejamiento para mí y mi hijo ahora mi marido no puede ver a su hijo

    Responder
    • Sandra Marquez dice:
      1 septiembre, 2024 a las 5:08 pm

      Buenas, ¿me puede llamar mejor para la consulta? Gracias

      Responder
  5. Claudia Ximena erazo mejia dice:
    14 noviembre, 2023 a las 7:38 pm

    hola la jueza le a puesto 6 meses de orden de alejamiento a mí novio y el no me echo nada solo por una discusión que hubo en Madrid pero yo no lo denuncie lo denunciaron otros desconocidos que podría hacer para que le quiten esa orden de alejamiento gracias. estoy muy triste

    Responder
    • Sandra Marquez dice:
      1 septiembre, 2024 a las 5:08 pm

      Buenas, ¿me puede llamar mejor para la consulta? Gracias

      Responder
  6. Maria dolores dice:
    18 diciembre, 2023 a las 10:26 am

    quisiera quitar una orden de alejamiento ya que mi ex pareja esta preso

    Responder
    • Sandra Marquez dice:
      1 septiembre, 2024 a las 5:08 pm

      Buenas, ¿me puede llamar mejor para la consulta? Gracias

      Responder

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